Retiro Voluntario
La solicitud de Retiro Voluntario aplica únicamente para los profesionales que deseen renunciar al ejercicio de la ingeniería o de la arquitectura. Los miembros a quienes les sea concedida esa condición, estarán inhabilitados para el ejercicio profesional.
Reglamento Especial que Regula el Retiro Voluntario de los Profesionales Miembros e Inhabilitación Temporal Voluntaria de Empresas del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos
La persona solicitante debe
- Estar al día con el pago de la colegiatura (se pueden realizar arreglos de pago).
- No encontrarse sancionado o siendo investigado por faltas a la ética en el ejercicio profesional.
- Completar el formulario “Solicitud de Retiro Voluntario” indicando el motivo.
- Presentar documentos de respaldo del motivo que señala en el formulario.
- Llenar y firmar la hoja de información profesional.
- Presentar una copia clara de todo el documento de identidad vigente.
Formulario de Solicitud de Retiro Voluntario
Hoja de Información Profesional
Quiero retirarme del CFIA ¿Qué debo hacer?
Sistema de Consulta de Estado de Cuenta
Información sobre Pago de Colegiatura
Correo: formacion.profesional@cfia.cr
Teléfono: 2103-2263
Ubicación física de nuestras oficinas: CASA CUATRO CFIA
Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 am a 12:30 pm y de 1:30 pm a 5:00pm
Tomar en cuenta que:
- Si el trámite no lo realiza personalmente la persona interesada, deberá adjuntarse nota de autorización a tercero para realizar el trámite en su nombre. Dicha autorización deberá estar autenticada por un abogado.
- En el caso de que el retiro solicitado sea indefinido, esa condición se hará efectiva a partir de que la Junta Directiva General así lo acuerde y comunique debidamente.
- La Dirección Ejecutiva procederá a revisar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 12 y 13 del Reglamento Especial que Regula el Retiro Voluntario de los Profesionales Miembros e Inhabilitación Temporal Voluntaria de Empresas del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos y en caso de cumplimiento, elevará la solicitud a conocimiento de la Junta Directiva General.
- En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, la Dirección Ejecutiva prevendrá al interesado para que, en un plazo máximo de cinco días hábiles, subsane lo que corresponda. Vencido ese plazo sin que se cumpla con lo prevenido, la Dirección Ejecutiva remitirá un informe a la Junta Directiva General indicando el incumplimiento y esta procederá a dictar archivo de la solicitud
Para más información, puede comunicarse con el Departamento de Formación Profesional
Correo Electrónico
formacion.profesional@cfia.cr
Teléfono
2103-2263