Acerca de la Inscripción ante el CFIA

  • Las empresas nacionales y extranjeras de previo al trámite de inscripción (permanente o regular) ante el CFIA deben estar debidamente registradas ante la Sección Mercantil del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional de Costa Rica.
  • Todos los años, las empresas deben solicitar la renovación de derechos, específicamente en el mes de enero, independientemente de la fecha en que se autorice su inscripción.
  • En el caso de participación de empresas bajo la modalidad de consorcio, todas las empresas que conforman dicho consorcio deben estar debidamente registradas y habilitadas ante el CFIA.
  • En caso de requerir certificaciones deben plantear la solicitud y cancelar el monto correspondiente. Dicha solicitud será gestionada una vez que el trámite de inscripción haya sido aprobado.
  • Toda empresa registrada ante este Colegio Profesional y que a la fecha de la solicitud se encuentre inhabilitada por morosidad y desee mantener su antigüedad deberá cumplir con los requisitos establecidos para tal efecto. En caso contrario a lo citado y deseen registrar la empresa como nueva deben aportar nota firmada por el representante legal de la empresa, planteando la solicitud y además cumplir con los requisitos establecidos para dicho trámite.

Para más información, puede comunicarse con el Departamento de Registro y Documentación

Correo Electrónico

dep.registro@cfia.cr

Teléfono

Centro de Llamadas: 2103-2290