Miembro Ausente

La solicitud puede ser enviada al correo electrónico dep.registro@cfia.cr o bien presentada ante Plataformas de Servicios del CFIA.

Se define como Miembro Ausente, al Miembro o Asociado que se ausente del país y así lo comunique formal y oportunamente al CFIA.

La persona solicitante debe

  • Estar habilitada para el ejercicio profesional.
  • Estar al día con las cuotas de Colegiatura al mes vigente al momento de plantear la solicitud.
Sistema de Consulta de Estado de Cuenta
Información sobre Pago de Colegiatura
Ventanilla de Pagos

1. Formulario de Solicitud de Miembro Ausente

  • La información debe estar completa, sin tachones o alteraciones.
  • El trámite también lo puede realizar con firma digital nacional debidamente acreditada por la institución correspondiente, el certificado digital permite a su dueño autenticarse y firmar electrónicamente. No es una firma escaneada.
  • El formulario se encuentra en formato pdf editable, el cual una vez completo, debe imprimir, firmar y presentar en conjunto con los requisitos establecidos.
Formulario de Solicitud de Miembro Ausente

2. Hoja de Información

  • La información debe estar completa, sin tachones o alteraciones.
  • El formulario se encuentra en formato pdf editable, el cual una vez completo, debe imprimir, firmar y presentar en conjunto con los requisitos establecidos.
  • El trámite también lo puede realizar con firma digital nacional debidamente acreditada por la institución correspondiente, el certificado digital permite a su dueño autenticarse y firmar electrónicamente. No es una firma escaneada.
Formulario de Hoja de Información Profesional

3. Fotocopia de Cédula de Identidad Vigente

  • La fotocopia debe ser legible y por ambos lados.

4. Fotocopia legible del pasaje que utilizará en su viaje o bien, cualquier otro documento que acredite su estancia fuera del país y el plazo de la ausencia, que respalde lo señalado en el formulario.

  • En caso de ser requerido, el CFIA solicitará la documentación en idioma español, por lo que se deberá aportar traducción oficial debidamente autenticada.

Tomar en cuenta que:

  • La información y los requisitos deben presentarse de forma completa. Si alguno de los requerimientos establecidos no se aporta correctamente y no cumple con la normativa del CFIA, la solicitud planteada no se tramitará y no surtirá efecto legal alguno.
  • La solicitud de miembro ausente no se hará efectiva hasta que sea aprobada por la Junta Directiva General, la cual, le notificará la resolución correspondiente.
  • Durante el plazo de ausencia aprobado debe cancelar únicamente la cuota correspondiente por concepto de mutualidad, en los plazos establecidos. En caso contrario, se cobrará un 25% por concepto de multa. Lo citado siempre y cuando el periodo de ausencia supere los 12 meses, de lo contrario, se cancela el total de las cuotas de colegiatura.
  • Al concluir el periodo de miembro ausente otorgado, el CFIA procederá a eliminar dicha condición de forma automática. En caso de que, el ingreso al país se dé antes del vencimiento del periodo concedido, el(la) profesional debe comunicarlo por escrito al Departamento de Registro y Documentación del CFIA, con el fin de gestionar lo que corresponda, para lo cual, debe estar al día en el pago de las cuotas de colegiatura al mes vigente al momento de plantear la solicitud de levantamiento de la condición.

Para más información, puede comunicarse con el Departamento de Registro y Documentación

Correo Electrónico

dep.registro@cfia.cr

Teléfono

Centro de Llamadas: 2103-2290